SOBRE LA OCUPACIÓN Y RESTRICCIÓN ILEGAL DE ACCESO EN PLAYA GUACUCO – Municipio Arismendi – Isla de Margarita
DENUNCIA PÚBLICA
SOBRE LA OCUPACIÓN Y RESTRICCIÓN ILEGAL DE ACCESO EN PLAYA GUACUCO – Municipio Arismendi – Isla de Margarita
Quien suscribe, en ejercicio del derecho ciudadano a la denuncia pública, deja constancia de una situación irregular que se presenta en la playa Guacuco, ubicada en jurisdicción del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta.
Durante la permanencia reciente en la zona, se constató la ocupación de espacios de dominio público por parte de establecimientos denominados “clubes de playa”, entre ellos Petra, Dos Ojos de Agua y otros, los cuales han venido operando bajo prácticas que vulneran el carácter público del litoral.
Entre las irregularidades observadas se destacan:
- La restricción del libre acceso a la playa mediante control de entradas y ocupación de áreas estratégicas.
- La apropiación de hecho de espacios públicos, operando como si se tratara de áreas privadas.
- La imposición de cobros excesivos por el uso de toldos y servicios básicos en zonas que deben ser de acceso libre.
La limitación del disfrute del espacio costero por parte de ciudadanos que no acceden a dichos servicios.
Estas actuaciones constituyen una alteración del régimen jurídico de las playas, las cuales son bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles, cuyo acceso no puede ser restringido ni condicionado por intereses particulares.
RESPONSABILIDAD MUNICIPAL
La situación descrita compromete directamente la actuación del Municipio Arismendi, en cuanto:
- Existe una omisión en el control del uso y ocupación del espacio costero.
- Se permite la consolidación de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
- No se garantiza el derecho ciudadano al libre acceso y disfrute de las playas.
La autoridad municipal tiene la obligación de velar por el cumplimiento de las normas que regulan el uso del litoral y de impedir cualquier forma de privatización de hecho.
EXIGENCIA FORMAL
Se exige:
- La restitución inmediata del libre acceso a la playa Guacuco.
- La revisión de la legalidad de los establecimientos que ocupan el litoral.
- La eliminación de cualquier mecanismo de restricción indebida al uso del espacio público.
- La adopción de medidas efectivas para garantizar el carácter público de las playas.
DECLARACIÓN FINAL
Las playas no pueden ser cercadas ni administradas como negocios privados en perjuicio del interés colectivo.
El litoral pertenece a todos los ciudadanos, y su uso no puede ser condicionado ni restringido por particulares.
La inacción de la autoridad no legitima la ilegalidad.

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